Por Alberto Echazarreta
Sanciones mínimas que rayan en lo ridículo a las empresas constructoras que obligan a su personal a trabajar sin las condiciones básicas de seguridad es lo que ocasiona que nadie obedezca los reglamentos establecidos en la ley federal del trabajo relacionados con la supuesta defensa a oficios con riesgos de trabajo como la albañilería. Un máximo de 315 salarios mínimos y un mínimo de tres salarios son las sanciones a quien viole la norma establecida; por consiguiente pagar entre 150 pesos ó en el peor de los casos hasta 16 mil pesos de multa no representa ningún problema para una empresa constructora ya que ni si quiera hay operativos para verificar que se cumpla la ley según reconoció el propio delegado en Quintana Roo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
Sanciones mínimas que rayan en lo ridículo a las empresas constructoras que obligan a su personal a trabajar sin las condiciones básicas de seguridad es lo que ocasiona que nadie obedezca los reglamentos establecidos en la ley federal del trabajo relacionados con la supuesta defensa a oficios con riesgos de trabajo como la albañilería. Un máximo de 315 salarios mínimos y un mínimo de tres salarios son las sanciones a quien viole la norma establecida; por consiguiente pagar entre 150 pesos ó en el peor de los casos hasta 16 mil pesos de multa no representa ningún problema para una empresa constructora ya que ni si quiera hay operativos para verificar que se cumpla la ley según reconoció el propio delegado en Quintana Roo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.